IN421O: energía solar fotovoltaica en el sector residencial de ámbitos no urbanos
- Cuantía máxima
- 4000,00 €
- Plazo de solicitud
- 31 de octubre de 2025 — 1 de diciembre de 2025
50 % de la inversión elegible, con tope de 4.000 € en paneles y 2.000 € adicionales en baterías (25.000 € en multivivienda). Dirigida a personas físicas y sociedades patrimoniales titulares de inmuebles residenciales fuera de ámbito urbano.
Esta convocatoria ya no admite solicitudes
Mientras no se abra una nueva, el incentivo estatal sigue disponible: la deducción en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética (20 %, 40 % o 60 % según la mejora acreditada), prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2026 por el Real Decreto-ley 16/2025. Exige certificado energético antes y después de la obra y pago por medio bancario: en efectivo no da derecho a deducción.
Las convocatorias autonómicas cambian de plazos y presupuesto con frecuencia: verifica siempre el estado en la fuente oficial antes de planificar la inversión. Si la ayuda financia autoconsumo, calcula primero tu amortización sin ayuda con la calculadora solar — la subvención debe mejorar un proyecto que ya tenga sentido, no rescatar uno que no lo tiene.
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Fuente:Xunta de Galicia (Inega) · DOG nº 198, de 14 de octubre de 2025. Consultar la convocatoria oficial . Contrastado el .