Incentivos al autoconsumo renovable en el sector residencial (Programa 4, RD 477/2021)
- Cuantía máxima
- 6000,00 €
- Plazo de solicitud
- 2 de diciembre de 2021 — 31 de diciembre de 2023
600 €/kWp en fotovoltaica; el tope mostrado corresponde al tramo subvencionable de hasta 10 kWp. El almacenamiento se incentiva aparte, hasta 490 €/kWh. Gestionado por la Agencia Andaluza de la Energía con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Esta convocatoria ya no admite solicitudes
Mientras no se abra una nueva, el incentivo estatal sigue disponible: la deducción en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética (20 %, 40 % o 60 % según la mejora acreditada), prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2026 por el Real Decreto-ley 16/2025. Exige certificado energético antes y después de la obra y pago por medio bancario: en efectivo no da derecho a deducción.
Las convocatorias autonómicas cambian de plazos y presupuesto con frecuencia: verifica siempre el estado en la fuente oficial antes de planificar la inversión. Si la ayuda financia autoconsumo, calcula primero tu amortización sin ayuda con la calculadora solar — la subvención debe mejorar un proyecto que ya tenga sentido, no rescatar uno que no lo tiene.
Fuente:Real Decreto 477/2021, de 29 de junio (BOE-A-2021-10824). Consultar la convocatoria oficial . Contrastado el .